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El Ministerio de Salud anunció este miércoles que ya entró a regir la resolución que permite la importación y distribución de estupefacientes en el mercado privado de nuestro país.

Con esto, toda persona física o jurídica que cuente con permiso sanitario de funcionamiento para la actividad de droguería y/o laboratorio puedan importar esta materia prima.

Eso sí, todos los medicamentos que soliciten importar y distribuir deben contar con registro sanitario vigente en Costa Rica.

De igual manera, se debe presentar las previsiones y solicitar la cuota correspondiente por medio del formulario: “SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA IMPORTAR Y DISTRIBUIR ESTUPEFACIENTES”, el cual está en el sitio oficial del Ministerio de Salud.

Para tener la autorización, la droguería también debe cumplir con Buenas Prácticas de Almacenamiento y Distribución, y en el caso del laboratorio cuente con el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura.