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Proyecto de Ley 22 081, sobre la reducción de jornada al sector público.
El día de hoy en el alcance 189 publicado del diario oficial La Gaceta, la asamblea legislativa pone en conocimiento a los habitantes sobre el proyecto de ley denominado: Ley de Reducción de Jornadas en el Sector Público, el cual tiene como objetivo que las instituciones públicas comprendidas en el artículo 26 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, Ley No. 2166, de 9 de octubre de 1957, por un plazo improrrogable de doce meses, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, deberán reducir en un quince por ciento, las jornadas de trabajo del personal que reciba una remuneración bruta mensual de al menos un millón quinientos mil colones por su jornada ordinaria de trabajo. Excluyendo a ciertas instituciones de esta reducción.

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Proyecto de Ley 22 068 sobre la inembargabilidad del bono proteger.
El día de hoy en el alcance 189 publicado del diario oficial La Gaceta, la asamblea legislativa pone en conocimiento a los habitantes sobre el proyecto de ley que tiene por objetivo adicionar dentro de las causales de inembargabilidad del artículo 984 del Código Civil, el Bono Proteger debido a que éste se constituye en un beneficio social temporal de la persona beneficiaria, cuando ha sido otorgado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Estará destinado a atender las necesidades sociales básicas de la persona y su familia. Excepto en casos de materia de pensión alimentaria.

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Decreto Ejecutivo sobre flexibilización reglamentaria para ayudar a patronos con deuda ante la DESAF, ante emergencia nacional.
El día de hoy en el alcance 190 del diario oficial La Gaceta, se publicó este decreto ejecutivo que busca la flexibilización reglamentaria para ayuda a patronos con deuda ante la DESAF, como medida provisional para enfrentar la situación de emergencia ante el covid-19 y tiene como objetivo crear medidas provisionales para patronos que mantienen deuda con la DESAF, como una ayuda extraordinaria y temporal; para contribuir con los patronos afectados por el cambio en sus condiciones económicas como consecuencia de la Emergencia Nacional. Exceptuándose de este beneficio los patronos que estén en cobro judicial. Debiendo cumplir una serie de requisitos para acceder a este beneficio.

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Lineamientos generales para servicios de alimentación al público debido a la alerta sanitaria.
El día 22 de julio del 2020, el Ministerio de Salud modificó el lineamiento sobre los servicios de alimentación, el relación al uso de la mascarilla, tanto para el tipo de actividad que lleve a cabo el comercio como para sus colaboradores:
Siendo algunos de los aspectos:
  • En cuanto a la zona de proceso de alimentos se recomienda darle una mascarilla a todos lo colaboradores, como parte del uso de equipo de protección personal.
  • En el caso de las barras para consumir alimentos tipo soda, siendo que la persona que atiende la barra debe utilizar mascarillas y procurar no tener contacto físico con el cliente, además debe mantener la distancia señalada de 1.8 metros.
  • El punto 5.9 en cuanto a la desinfección y limpieza, se recomienda utilizar respirador con cartuchos con pre filtro para partículas químicas (no usar mascarillas desechables).
  • El personal del servicio de alimentación debe contar con equipo de protección personal y procurar una distancia mínima de 1.8 metros del consumidor al entregar el pedido en una superficie limpia (mesa o mostrador), en una ventana o vehículo.
  • Entre otros.